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Nuevos lineamientos para los Negocios Verdes en Perú: ¿cómo se clasifican los Bionegocios y Econegocios?

El Ministerio del Ambiente (MINAM) aprobó nuevos lineamientos para la identificación, clasificación y promoción de los Negocios Verdes, mediante la Resolución Ministerial N.° D000303-MINAM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de setiembre de 2026.

La medida establece un nuevo marco técnico destinado a estandarizar la forma en que se identifican y clasifican estos negocios, así como a orientar su promoción y articulación con políticas, instrumentos, programas e iniciativas relacionadas con el desarrollo sostenible, la conservación de la biodiversidad y el uso sostenible de los recursos naturales.

Asimismo, la resolución deja sin efecto los anteriores “Lineamientos generales para identificar y promocionar los econegocios y bionegocios”, aprobados mediante Resolución Ministerial N.° 046-2020-MINAM.

¿Qué son los Negocios Verdes?

Los nuevos lineamientos definen a los Negocios Verdes como aquellos negocios cuyo bien o servicio principal incorpora criterios ambientales orientados a la sostenibilidad.

Entre estos criterios se encuentran el uso sostenible de la biodiversidad y los recursos naturales, la ecoeficiencia, la economía circular, la eficiencia energética y el consumo sostenible.

Estos elementos deben constituir una parte central de la propuesta de valor y del modelo de negocio, generando valor económico, impactos ambientales positivos y beneficios sociales y económicos derivados de la actividad.

Por ello, no basta con que una empresa realice una acción ambiental aislada para ser considerada un Negocio Verde. Los criterios de sostenibilidad deben encontrarse integrados de manera sustancial en el bien o servicio principal, la propuesta de valor y el modelo de negocio.

¿Cómo se clasifican los Negocios Verdes?

Una vez identificado un negocio como Negocio Verde, los lineamientos establecen que este puede clasificarse en una de dos categorías:

  • Bionegocios
  • Econegocios

La clasificación dependerá principalmente del bien o servicio que constituye el núcleo del modelo de negocio y del criterio ambiental predominante que sustenta su propuesta de valor.

1. Bionegocios

Los Bionegocios son aquellos Negocios Verdes cuyo bien o servicio principal se sustenta en el uso sostenible de la biodiversidad y de los recursos naturales asociados.

Dentro de esta categoría se incluyen actividades de biocomercio que utilizan sosteniblemente recursos nativos de la biodiversidad, de acuerdo con el marco normativo aplicable.

Los lineamientos contemplan cinco subcategorías:

a. Producción y transformación sostenible de la biodiversidad

Comprende negocios dedicados a la producción primaria sostenible o a la transformación de recursos provenientes de la biodiversidad.

Entre ellos se encuentran actividades vinculadas con sistemas agroforestales y silvopastoriles, actividades forestales, actividades acuícolas y pesqueras sostenibles, aprovechamiento productivo sostenible de fauna silvestre y transformación de productos derivados de la biodiversidad.

b. Cosmética natural y productos de bienestar

Comprende negocios que elaboran productos destinados al cuidado personal, cosmética natural y bienestar a partir de insumos de origen biológico, como aceites, ungüentos, extractos y nutracéuticos, entre otros.

c. Moda y artesanía sostenible

Incluye negocios dedicados a prendas, accesorios, textiles y artesanía utilitaria que utilizan sosteniblemente fibras naturales y otros recursos de la biodiversidad, incorporando criterios de diseño sostenible, identidad cultural y aprovechamiento responsable.

d. Ecoturismo

Comprende servicios turísticos basados en la naturaleza, donde la experiencia del visitante se relaciona con observar, aprender, descubrir, experimentar y apreciar la diversidad biológica y cultural de manera responsable.

La actividad debe contribuir a la conservación de los ecosistemas y al bienestar de la comunidad local.

e. Insumos biológicos para la producción sostenible

Comprende negocios dedicados a la producción y provisión de insumos biológicos, como bioinsumos, fertilizantes orgánicos, controladores biológicos y mejoradores de suelo destinados a sistemas productivos sostenibles.

2. Econegocios

Los Econegocios son aquellos Negocios Verdes cuyo bien o servicio principal incorpora soluciones destinadas a reducir la presión ambiental.

Para ello, pueden aplicar criterios como la ecoeficiencia, el uso eficiente de recursos y energía, la economía circular, la valorización de residuos y materiales, el consumo sostenible, los ecomateriales o la movilidad sostenible.

Los lineamientos establecen cuatro subcategorías:

a. Eficiencia energética y uso eficiente de recursos

Comprende soluciones destinadas a mejorar la eficiencia energética y el uso eficiente de recursos naturales, optimizar procesos, reducir consumos y minimizar impactos ambientales.

Dentro de esta subcategoría pueden encontrarse soluciones de eficiencia energética, energías renovables, gestión eficiente del agua, optimización de materiales e insumos y soluciones vinculadas con la construcción y adecuación sostenible de edificaciones e infraestructura.

b. Productos y servicios de consumo sostenible

Incluye bienes y servicios diseñados para reducir impactos ambientales durante su ciclo de vida y promover patrones de consumo más sostenibles.

Entre ellos se encuentran alternativas a productos de un solo uso, productos reutilizables, biodegradables o compostables, así como productos diseñados para múltiples usos, mayor durabilidad o sistemas de recarga y retorno.

c. Valorización de residuos y economía circular

Comprende negocios cuyo bien o servicio principal se basa en la recuperación, transformación, valorización o aprovechamiento de residuos y materiales bajo principios de economía circular.

La subcategoría contempla, entre otros, la producción de bienes o insumos a partir de residuos, la transformación de residuos en nuevos productos y procesos destinados a facilitar su valorización y reincorporación productiva.

d. Movilidad sostenible

Comprende negocios vinculados directamente con soluciones de movilidad de bajas o nulas emisiones, destinadas a reducir la contaminación y el consumo de combustibles fósiles.

Pueden incluirse vehículos eléctricos, componentes y tecnologías para mejorar la eficiencia energética y ambiental, combustibles alternativos e infraestructura asociada a la movilidad sostenible, como estaciones de recarga eléctrica.

¿Qué criterios deben considerarse para identificar un Negocio Verde?

Los lineamientos establecen diversos enfoques técnicos para la identificación de estos negocios. Entre ellos se encuentran:

  • Sostenibilidad, considerando las dimensiones ambiental, social y económica.
  • Uso sostenible de la biodiversidad y los recursos naturales.
  • Ecoeficiencia y uso eficiente de recursos.
  • Economía circular.
  • Producción y consumo sostenible.
  • Ciclo de vida.
  • Inclusión social, territorial e intercultural.

Además, la identificación debe partir del análisis del bien o servicio principal, la propuesta de valor y el modelo de negocio.

El modelo debe generar valor económico y, al mismo tiempo, incorporar criterios ambientales orientados a la sostenibilidad como parte central de la propuesta de valor y del modelo de negocio.

¿Es suficiente realizar una acción ambiental para ser considerado Negocio Verde?

No necesariamente.

Uno de los aspectos más importantes de los nuevos lineamientos es la centralidad del modelo de negocio sostenible.

La norma establece que los criterios ambientales deben constituir un elemento central del bien o servicio principal, de la propuesta de valor y del modelo de negocio, y no simplemente una característica accesoria o complementaria.

Esto significa que la sostenibilidad debe estar integrada de manera sustantiva y coherente en la obtención, diseño, producción, transformación, provisión o gestión del bien o servicio principal, según corresponda.

El cumplimiento de otras obligaciones legales continúa siendo necesario

La clasificación como Negocio Verde no sustituye el cumplimiento de la normativa sectorial aplicable.

Los lineamientos señalan expresamente que el negocio debe cumplir con las normas correspondientes a su bien o servicio principal, incluyendo las autorizaciones, permisos, registros, títulos habilitantes y demás condiciones u obligaciones que correspondan.

Por tanto, el reconocimiento o identificación bajo estos lineamientos no debe entenderse como una excepción o flexibilización de las obligaciones legales que correspondan a cada actividad económica.

¿Cómo se promoverán los Negocios Verdes?

Los nuevos lineamientos también establecen líneas de acción destinadas a fortalecer, desarrollar y posicionar estos modelos de negocio.

Entre ellas se encuentran:

1. Fortalecimiento empresarial: desarrollo de capacidades técnicas, productivas, organizativas y de gestión.

2. Acceso a financiamiento: vinculación con instrumentos y mecanismos financieros públicos y privados.

3. Investigación, innovación y tecnología: incorporación de conocimiento, innovación y soluciones tecnológicas para mejorar el desempeño ambiental, social y económico.

4. Acceso a mercados: fortalecimiento de la visibilidad, posicionamiento y vinculación comercial de los Negocios Verdes.

5. Articulación institucional y normativa: coordinación entre entidades públicas, privadas y otros actores del ecosistema de negocios sostenibles.

6. Promoción de la participación igualitaria: incorporación transversal de los enfoques de género, interculturalidad e intergeneracionalidad, según las características de cada negocio.

¿A quiénes se aplican estos lineamientos?

Los lineamientos están dirigidos principalmente a las entidades públicas de los tres niveles de gobierno que desarrollen acciones de identificación, clasificación o promoción de Negocios Verdes, directamente o mediante programas, proyectos e iniciativas vinculadas al desarrollo productivo sostenible.

Asimismo, pueden ser utilizados por instituciones financieras privadas, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y otros actores privados que desarrollen acciones o mecanismos relacionados con la identificación, clasificación y promoción de Negocios Verdes.

Además, las categorías, subcategorías y denominaciones establecidas constituyen la clasificación técnica oficial para la identificación, clasificación y promoción de los Negocios Verdes, debiendo aplicarse de manera uniforme por las entidades públicas comprendidas en su alcance y por los actores privados cuando las utilicen.

¿Qué cambia con la nueva Resolución Ministerial?

La aprobación de estos lineamientos actualiza el marco utilizado para identificar y promover los negocios vinculados con la sostenibilidad ambiental.

La propia resolución señala que la actualización busca establecer una clasificación oficial, uniforme y actualizada que reconozca a los Negocios Verdes como categoría integradora, ordenando las categorías de Bionegocios y Econegocios y delimitando su aplicación a partir del atributo ambiental sustancial del bien o servicio principal y del modelo de negocio.

En consecuencia, el nuevo marco busca que la identificación de estos negocios responda a criterios técnicos comunes y se encuentre articulada con instrumentos como la Política Nacional del Ambiente al 2030, la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050, el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030 y la Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030.

Conclusión

La Resolución Ministerial N.° D000303-MINAM representa una actualización del marco técnico para la identificación, clasificación y promoción de los Negocios Verdes en Perú.

A partir de los nuevos lineamientos, estos negocios se integran bajo una categoría general que comprende dos grandes grupos: Bionegocios y Econegocios, cada uno con subcategorías específicas.

Sin embargo, un aspecto fundamental es que la sostenibilidad no debe ser únicamente un elemento complementario de la actividad empresarial. Para la identificación como Negocio Verde, los criterios ambientales deben formar parte central del bien o servicio principal, de la propuesta de valor y del modelo de negocio.

Finalmente, los lineamientos establecen que su implementación será progresiva, considerando las capacidades institucionales, los instrumentos existentes y los procesos que se encuentren en curso, sin afectar la continuidad de las acciones iniciadas antes de su aprobación.

Desde Vargas, Bernal & Celi Asesores Legales, recomendamos que las empresas que desarrollan actividades vinculadas con la biodiversidad, economía circular, eficiencia energética, consumo sostenible u otras soluciones ambientales revisen cómo su bien o servicio principal y su modelo de negocio se relacionan con los nuevos criterios establecidos por el MINAM.

Publicado por: VARGAS, BERNAL & CELI ASESORES LEGALES S.A.C.

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