La incapacidad laboral común en el Perú cuenta con una nueva regulación. Mediante la Resolución Ministerial N.° 613-2026/MINSA, el Ministerio de Salud aprobó la NTS N.° 248-MINSA/DGIESP-2026, norma que establece el procedimiento para la evaluación, calificación y certificación de las personas que presenten una disminución de su capacidad laboral como consecuencia de enfermedades o accidentes comunes. Esta disposición busca uniformizar criterios y garantizar una adecuada acreditación de esta condición para fines previsionales y otros supuestos legalmente previstos.
¿Cuál es la finalidad de la nueva norma sobre incapacidad laboral común?
La norma tiene como finalidad contribuir a la mejora de la calidad de vida de las personas que presentan una incapacidad derivada de enfermedades o accidentes comunes, facilitando el acceso a la pensión de invalidez y otros derechos que requieran la acreditación de dicha condición. Asimismo, busca brindar mayor seguridad jurídica y uniformidad en los procedimientos médicos aplicados a nivel nacional.
Objetivo de la evaluación de la incapacidad laboral común
El objetivo principal de la norma consiste en estandarizar los criterios para la evaluación, calificación y certificación de la incapacidad laboral común, estableciendo parámetros médicos y funcionales aplicables en todo el territorio nacional.
Entre sus objetivos específicos destacan:
- Precisar los lineamientos técnicos para la evaluación médica y funcional.
- Determinar el grado y naturaleza de la incapacidad.
- Regular la conformación y funciones de las Comisiones Médicas Calificadoras de Incapacidad.
¿Quiénes deben aplicar esta norma?
La presente norma técnica es de aplicación obligatoria para:
- Los establecimientos de salud del Ministerio de Salud.
- Los Gobiernos Regionales.
- EsSalud.
- Las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Las Entidades Prestadoras de Salud autorizadas.
Asimismo, el procedimiento deberá realizarse en establecimientos de salud con capacidad resolutiva de nivel II-2 o equivalente, salvo las excepciones previstas por razones de accesibilidad.
¿Qué es la incapacidad laboral común?
La norma define la incapacidad laboral común como la disminución o pérdida de la capacidad para desarrollar las actividades laborales habituales debido a una enfermedad o accidente que no tenga origen laboral.
Incapacidad laboral común temporal y permanente
La incapacidad puede clasificarse según su naturaleza en:
Temporal: cuando la condición médica es susceptible de recuperación mediante tratamiento.
Permanente: cuando las secuelas o limitaciones reducen de manera definitiva la capacidad laboral del trabajador.
Grados de incapacidad laboral común
La norma también establece dos grados de incapacidad:
- Parcial: cuando el menoscabo de la capacidad laboral es de 1 % hasta 66.6 %.
- Total: cuando el menoscabo supera el 66.6 %.
Procedimiento para obtener el certificado de incapacidad laboral común
El procedimiento inicia con la presentación de una solicitud ante el establecimiento de salud correspondiente, acompañando la documentación requerida y el Formato Único de Trámite (FUT).
Posteriormente, se desarrollan las siguientes etapas:
Triaje médico de incapacidad
Se verifica la procedencia de la solicitud y se identifican las deficiencias que deberán ser evaluadas por los médicos especialistas correspondientes.
Evaluación médica especializada
Los médicos especialistas realizan una evaluación objetiva de las secuelas, signos, síntomas y limitaciones funcionales derivadas de la enfermedad o accidente común.
Certificación de la incapacidad laboral común
Finalmente, la Comisión Médica Calificadora determinará el grado de incapacidad y emitirá el respectivo Certificado Médico de Incapacidad Laboral, documento que tiene carácter médico-legal y constituye el medio oficial para acreditar dicha condición.
Derogación de la normativa anterior
Con la aprobación de esta nueva regulación, se deja sin efecto la Resolución Ministerial N.° 478-2006/MINSA, que regulaba el procedimiento anterior para el otorgamiento del certificado médico requerido para la pensión de invalidez.
Consideraciones finales
La aprobación de la NTS N.° 248-MINSA/DGIESP-2026 representa un avance importante en la regulación de la incapacidad laboral común, ya que establece criterios uniformes y actualizados para determinar la pérdida de capacidad laboral de una persona.
Esta nueva regulación permitirá brindar mayor predictibilidad en los procedimientos de evaluación médica y contribuirá a la protección de los derechos de los trabajadores y ciudadanos que requieran acreditar una situación de incapacidad para acceder a beneficios previsionales o a otros derechos reconocidos por la legislación peruana.
Publicado por: VARGAS, BERNAL & CELI ASESORES LEGALES S.A.C.






