El Decreto Supremo N.° 008-2026-TR refuerza la protección laboral trabajadores con cáncer, estableciendo modificaciones al régimen laboral privado, la carrera administrativa y el servicio civil, con la finalidad de adecuarlos a lo dispuesto en la Ley N.° 32431.
Esta norma busca garantizar la continuidad del vínculo laboral de los trabajadores diagnosticados con cáncer, en condiciones compatibles con su estado de salud y sin afectar sus derechos laborales.
Protección laboral trabajadores con cáncer: obligaciones del empleador
Cuando el desarrollo de las funciones del trabajador pueda afectar su salud o seguridad, el empleador deberá adoptar medidas de adaptación del puesto de trabajo.
Estas medidas podrán implementarse por iniciativa del empleador o a solicitud del trabajador. En ningún caso podrán implicar una reducción de la remuneración.
La finalidad de esta disposición es reforzar el deber de protección del empleador y promover la permanencia laboral de los trabajadores con diagnóstico oncológico.
Alcances de la protección laboral
Asimismo, la norma refuerza el principio de no discriminación laboral, garantizando que los trabajadores con cáncer puedan mantener su empleo sin afectar sus condiciones económicas ni derechos laborales.
Este enfoque se articula con la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, fortaleciendo la obligación de los empleadores de prevenir riesgos y adaptar los puestos de trabajo cuando sea necesario.
Conclusión
El Decreto Supremo N.° 008-2026-TR representa un avance importante en la protección de los derechos laborales de las personas con diagnóstico de cáncer, reforzando la obligación de los empleadores de garantizar condiciones de trabajo seguras, dignas y estables.
Desde Vargas, Bernal & Celi Asesores Legales, se recomienda a las empresas revisar sus políticas internas y sistemas de gestión de SST para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones y evitar contingencias laborales.
Publicado por: VARGAS, BERNAL & CELI ASESORES LEGALES S.A.C.






