El telemonitoreo de tuberculosis es el tema central de la Guía Técnica del Tratamiento Directamente Observado para Tuberculosis por Telemonitoreo, aprobada por el Ministerio de Salud (MINSA) mediante la Resolución Ministerial N.° 928-2026/MINSA, el pasado 17 de octubre de 2026. Esta disposición incorpora una guía técnica para el seguimiento del tratamiento y presenta un aspecto importante: el consentimiento para el tratamiento de datos personales.
La incorporación de herramientas digitales en los servicios sanitarios requiere prestar atención tanto a los procedimientos de atención como a la privacidad, la confidencialidad y la seguridad de la información de los pacientes.
En ese sentido, conocer el alcance de la nueva guía y las disposiciones sobre protección de datos personales permite comprender los aspectos legales que deben considerarse en la aplicación de esta modalidad de seguimiento.
1. ¿Qué establece la guía del MINSA sobre el telemonitoreo de tuberculosis?
Mediante la Resolución Ministerial N.° 928-2026/MINSA, el Ministerio de Salud aprobó la Guía Técnica del Tratamiento Directamente Observado para Tuberculosis por Telemonitoreo.
Esta aprobación se relaciona con las competencias del MINSA en materia de prevención y control de enfermedades, así como con las disposiciones sanitarias aplicables a la atención de las personas afectadas por tuberculosis.
Entre las normas vinculadas con esta materia se encuentran la Ley N.° 30287, Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 021-2016-SA.
La guía constituye una referencia técnica para el desarrollo del tratamiento directamente observado mediante telemonitoreo, conforme a las disposiciones sanitarias correspondientes.
Asimismo, su implementación hace relevante examinar cómo se maneja la información personal que puede utilizarse durante el seguimiento de los pacientes.
2. Protección de datos personales en el telemonitoreo de tuberculosis
El uso de tecnologías digitales en los servicios de salud puede implicar la recopilación, utilización, almacenamiento y comunicación de información personal relacionada con los pacientes.
En el contexto del telemonitoreo de tuberculosis, esta información puede incluir datos vinculados con la identidad de la persona y su estado de salud. Por ello, resulta fundamental considerar las obligaciones de protección de datos personales aplicables.
En el Perú, la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, establece el marco general para el tratamiento de datos personales y contempla una protección especial para los datos sensibles, entre los que se encuentran los relacionados con la salud.
En consecuencia, las entidades y los profesionales que intervengan en estos procedimientos deben evaluar las condiciones legales aplicables al tratamiento de la información, así como las medidas necesarias para preservar su confidencialidad y seguridad.
El uso de medios digitales no elimina las obligaciones legales relacionadas con la privacidad. Por el contrario, hace necesario revisar quién puede acceder a la información, para qué se utiliza y qué medidas se adoptan para evitar accesos o divulgaciones no autorizados.
3. Consentimiento para el tratamiento de datos personales: aspectos importantes
Según la información proporcionada sobre la Resolución Ministerial N.° 928-2026/MINSA, la guía técnica incluye como anexo un documento de consentimiento para el tratamiento de datos personales.
Este documento resulta relevante porque permite abordar la información que debe proporcionarse a los titulares de los datos y las condiciones jurídicas aplicables a su tratamiento.
Desde una perspectiva preventiva, conviene revisar los siguientes aspectos:
Identificación del responsable del tratamiento. Es importante identificar a la entidad o persona que determina las finalidades y los medios del tratamiento de los datos personales, según corresponda.
Finalidad del tratamiento. Debe informarse de manera clara para qué se utilizará la información y cómo se relaciona con el seguimiento del tratamiento mediante telemonitoreo.
Datos personales involucrados. Se debe evaluar qué información será tratada y si incluye datos sensibles, como los relacionados con la salud.
Confidencialidad y seguridad. Es necesario considerar medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la información frente a accesos no autorizados, pérdidas o divulgaciones indebidas.
Derechos de los titulares. La información facilitada debe permitir conocer los derechos aplicables y los mecanismos correspondientes para ejercerlos.
Estos puntos constituyen criterios generales de revisión legal y no una transcripción literal de los requisitos del formulario anexo a la guía técnica.
4. ¿El consentimiento permite utilizar los datos personales para cualquier finalidad?
No. El consentimiento no debe interpretarse como una autorización ilimitada para utilizar o divulgar información personal.
El tratamiento de los datos debe respetar la legislación vigente, los principios de protección de datos y las finalidades que correspondan. En el caso de información relacionada con la salud, también deben evaluarse las condiciones especiales previstas por la normativa aplicable.
Asimismo, es importante distinguir entre el consentimiento para el tratamiento de datos personales y la aceptación de una modalidad de atención sanitaria. Aunque ambos aspectos pueden estar relacionados, sus alcances jurídicos no son necesariamente los mismos.
Por ello, el documento incorporado a la guía debe analizarse en su contexto, teniendo en cuenta las disposiciones sanitarias y de protección de datos personales aplicables.
5. ¿Qué deben revisar las instituciones y los profesionales de salud?
La implementación de procedimientos de telemonitoreo puede requerir una evaluación de los procesos internos relacionados con la información de los pacientes.
Desde un enfoque preventivo, se recomienda considerar las siguientes acciones:
- Revisar los procedimientos de recopilación y tratamiento de datos personales utilizados durante el seguimiento.
- Identificar a las personas autorizadas para acceder a la información sanitaria.
- Verificar que las finalidades del tratamiento estén definidas y sean comunicadas adecuadamente.
- Evaluar las medidas técnicas y organizativas destinadas a proteger la confidencialidad de la información.
- Revisar los documentos informativos y de consentimiento que correspondan.
- Establecer mecanismos para atender las solicitudes de los titulares de datos y gestionar posibles incidentes de seguridad.
Estas medidas deben adaptarse a las características de cada institución y a las obligaciones que le resulten aplicables. No todas las entidades o personas involucradas tienen necesariamente las mismas responsabilidades.
6. Importancia del cumplimiento normativo y la prevención legal
La incorporación de tecnologías digitales en los servicios sanitarios exige una gestión responsable de la información personal.
En el caso del telemonitoreo de tuberculosis, la aprobación de la guía técnica constituye una oportunidad para revisar los procedimientos relacionados con el seguimiento de los pacientes y la protección de sus datos personales.
Una evaluación preventiva de los documentos, las responsabilidades y las medidas de seguridad puede contribuir a identificar riesgos, mejorar los procesos internos y promover el cumplimiento de la legislación vigente.
Es importante recordar que la existencia de un documento de consentimiento no sustituye las demás obligaciones legales que puedan corresponder. Por ello, su revisión debe formar parte de una gestión integral de la privacidad y la seguridad de la información.
Conclusión
La Resolución Ministerial N.° 928-2026/MINSA, del 17 de octubre de 2026, aprobó la Guía Técnica del Tratamiento Directamente Observado para Tuberculosis por Telemonitoreo. Según la información disponible, entre sus anexos se encuentra un consentimiento para el tratamiento de datos personales.
Esta disposición pone de relieve la importancia de considerar la privacidad y la confidencialidad en el uso de herramientas digitales aplicadas al seguimiento sanitario.
Para las instituciones y los profesionales involucrados, revisar la documentación correspondiente y conocer las obligaciones aplicables constituye una medida relevante de prevención y cumplimiento normativo.
Vargas, Bernal & Celi Asesores Legales promueve una cultura de prevención y cumplimiento legal, orientada a ayudar a las organizaciones a identificar sus obligaciones y gestionar adecuadamente los riesgos relacionados con la protección de datos personales.
Publicado por: VARGAS, BERNAL & CELI ASESORES LEGALES S.A.C.






